DISPOSITIVA
En razón de todas las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DEL PROCESO POR ABANDONO DE TRAMITE, en la presente demanda por ACCION REINVIDICATORIA, intentado por los ciudadanos EDUARDO RAUL MUJICA RAGA y PAUSOLINA DE LA COROMOTO LOZADA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-3.492.107 y V-3.581.281, respectivamente, representados por su apoderado el ciudadano EMILIO ENRIQUE MUJICA RAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.389.280, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio OSWALDO ALDANA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 150.184, con motivo de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en CONTRA del ciudadano ADY NE.....