DISPOSITIVA
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 185 del Código Civil concatenado con las Sentencias Nros. 1070, de fechas 09 de Diciembre del 2016, y 693 de fecha 02 de junio de 2015, de carácter vinculante, dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo la oportunidad legal, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda, formulada por la ciudadana RAIZA JAQUELIN TRUJILLO AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 14.462.429 asistida por el abogado en ejercicio ciudadano ANDRES GUEDEZ GUADA, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 55.225, en c.....