|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 14/07/2023 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
56759
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 14/07/2023 |
Procedimiento: Reconocimiento De Documento Privado |
Partes: JORGE PAEZ VS JORGE PAEZ CHAVERO |
Resumen:
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda por RECONOCIMIENTO EN CONTENIDO Y FIRMA, interpuesta por el ciudadano JORGE LUIS PAEZ ZURITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.220.243, de este domicilio, contra el ciudadano JORGE LUIS PAEZ CHAVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.616.139, de este domicilio; de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 269 eiusdem.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el Artículo 283 ibídem.
|
Juez/Ponente:
Lucilda Ollarves Velásquez
|
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
|
N° Expediente :
GP31-S-2023-000457DM
|
N° Sentencia :
PJ0102023000048
|
Fecha: 14/07/2023 |
Procedimiento: Divorcio Por Desafecto |
Partes: DAMARY MIQUILENA Y KAMIR CUMARE |
Resumen:
III
Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los Damary Yadira Miquilena Gonzalez y Kamir Deibis Cumare Bracho, venezolanos, titulares de cedulas de identidad Nos. V-17.026.772 y V- 16.800.706, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y que fuera contraído en fecha 04/06/1994, por ante el Registro Civil, Del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, según se evidencia de acta matrimonio inserta bajo el No. No.37, Folio 73 y 74, Tomo I, año 1998.. Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencias, sistematizad.....
|
Juez/Ponente:
Nuelvia Vanneza Garcia Nuñez
|
Organo:
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
|
N° Expediente :
GP31-S-2023-000456DM
|
N° Sentencia :
PJ0102023000047
|
Fecha: 14/07/2023 |
Procedimiento: Divorcio Por Desafecto |
Partes: YANITZA MORALES Y JOHNNY CARRILLO |
Resumen:
III
Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los Yanitza Josefina Morales Rivero Y Jhonny Javier Carrillo Hernandez, venezolanos, titulares de cedulas de identidad Nos. V-11.747.779 y V- 10.106.915, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y que fuera contraído en fecha 04/06/1994, por ante el Registro Civil, Del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, según se evidencia de acta matrimonio inserta bajo el No.62, Folio 123 y 124, Tomo I, año 2001. Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencias, sistematiz.....
|
Juez/Ponente:
Nuelvia Vanneza Garcia Nuñez
|
Organo:
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
|
N° Expediente :
GP31-S-2023-000459DM
|
N° Sentencia :
PJ0102023000049
|
Fecha: 14/07/2023 |
Procedimiento: Divorcio Por Desafecto |
Partes: YULIS YARMIRA SANCHEZ ADRIAN Y CARLOS ARTURO RODRIGUEZ CALDERA |
Resumen:
III
Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los Yulis Yarmira Sanchez Adrian Y Carlos Arturo Rodriguez Caldera, venezolanos, titulares de cedulas de identidad Nos. V- 8.608.419 y V- 11.096.944, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y que fuera contraído en fecha 04/06/1994, por ante el Registro Civil, Del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, según se evidencia de acta matrimonio inserta bajo el No.03, Folio 05 y 06, Tomo I, año 2006 . Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencias, sistematizado e.....
|
Juez/Ponente:
Nuelvia Vanneza Garcia Nuñez
|
Organo:
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
|
N° Expediente :
GP31-S-2023-000461DM
|
N° Sentencia :
PJ0102023000050
|
Fecha: 14/07/2023 |
Procedimiento: Divorcio Por Desafecto |
Partes: REYNALDO JOSE QUEVEDO ROMERO Y MILITZA DEL CARMEN LUGO REYES |
Resumen:
III
Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por Reynaldo José Quevedo Romero Y Militza Del Carmen Lugo Reyes, venezolanos, titulares de cedulas de identidad Nos. V- 10.253.834 y V- 8.611.736, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y que fuera contraído en fecha 04/06/1994, por ante el Registro Civil, Del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, según se evidencia de acta matrimonio inserta bajo el No.176, Folio 354 y 355, año 1995. Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencias, sistematizado en formato de.....
|
Juez/Ponente:
Nuelvia Vanneza Garcia Nuñez
|
Organo:
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
|
N° Expediente :
GP31-S-2023-000425DM
|
N° Sentencia :
PJ0062023000052
|
Fecha: 14/07/2023 |
Procedimiento: Divorcio Por Desafecto |
Partes: AWILDA JACKELINES POLANCO Y ANGEL EUCLIDES COBIS ATALIDO |
Resumen:
Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos Awilda Jackelines Polanco y Angel Euclides Cobis Atalido, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-10.254.977 y V-13.332.055, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y que fuera contraído en fecha 04 de abril de 2002, por ante el Registro Civil del Municipio Juan José Mora, Estado Carabobo, tal como consta en acta asentada bajo el No. 26, Folios 51 y 52, Tomo I año 2002.
|
Juez/Ponente:
Jose Gregorio Maduro Eizaga
|
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
|
N° Expediente :
GP31-S-2023-000428DM
|
N° Sentencia :
PJ0062023000053
|
Fecha: 14/07/2023 |
Procedimiento: Divorcio Por Desafecto |
Partes: MILDRED MARIA MAGO GUZMAN Y PABLO RAMON RABAN CASERES |
Resumen:
Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los Mildred María Mago Guzmán y Pablo Ramón Raban Caseres, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-8.605.002 y V-11.095.801, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y que fuera contraído en fecha 23 de septiembre de 1995, por ante el Registro Civil de la Parroquia Goaigoaza, Municipio Juan José Mora, Estado Carabobo, tal como consta en acta asentada bajo el No. 61, Folio 128, Tomo I, año 1995.
|
Juez/Ponente:
Jose Gregorio Maduro Eizaga
|
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
|
N° Expediente :
GP31-S-2023-000423DM
|
N° Sentencia :
PJ0062023000051
|
Fecha: 14/07/2023 |
Procedimiento: Divorcio Por Desafecto |
Partes: BIOLIVIA JUDITH RODRIGUEZ MATOS Y OMAR JOSE ALDAMA SALAS |
Resumen:
Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos Biolivia Judith Rodríguez Matos y Omar José Aldama Salas, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-7.158.574 y V-9.514.995, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y que fuera contraído en fecha 23 de diciembre de 1989, por ante el Registro Civil del Municipio Juan José Mora, Estado Carabobo, tal como consta en acta asentada bajo el No. 85, Folios 238 y 239, año 1.981.
|
Juez/Ponente:
Jose Gregorio Maduro Eizaga
|
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
|
N° Expediente :
GP31-S-2023-000414DM
|
N° Sentencia :
PJ042023000055
|
Fecha: 14/07/2023 |
Procedimiento: Divorcio Por Desafecto |
Partes: JESUS OVALLES Y CHELA PEÑA |
Resumen:
III
Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JESUS RAFAEL OLLARVES y CHELA MARIA PEÑA COLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.505.844 y V-10.249.722 respectivamente. SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y que fuera contraído en el Registro Civil de la Parroquia Morón, Municipio Juan José Mora, Estado Carabobo, en fecha 02 de septiembre de 1986, según se evidencia de acta matrimonio inserta bajo el No. 115, tomo I, folios del 220 y 230, año 1986.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déj.....
|
Juez/Ponente:
Evelyn Gonzalez
|
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
|
|
|
|
|