Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano Gustavo Enrique Villenas Alvarado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-22.218.123, asistido por la abogada Estilita Ruiz, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 95.538.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía a la ciudadana Osdimia Salomé Ojeda Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-30.241.354, y que fuera contraído en fecha 06 de octubre de 2017, por ante el Registro Civil de la Parroquia Morón, Municipio Juan José Mora, Estado Carabobo, tal como consta en acta.....