V.
DECISIÓN.
Sobre la base de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.-COMPETENTE; para conocer la presente acción de amparo constitucional con solicitud de Medida Cautelar Autónoma de Protección a la Actividad Agraria
2.- DECLARA INADMISIBLE la acción de amparo constitucional con solicitud de Medida Cautelar Autónoma de Protección a la Actividad Agraria, interpuesta por el abogado José Romano Roselli, apoderado judicial de la Sociedad de Comercio AVÍCOLA LA GUASIMA, C.A., identificada en autos, contra los ciudadanos: Richard Guedez, Andy Hernández, Luís Vergara, Francisco Hernández, Jesús castillo, José Pacheco, Wilmer Díaz, Joel Díaz, Asdrúbal Ochoa, Alb.....