Por los señalamientos de hecho y de derecho que anteceden, este TRIBUNAL DE VIOLENCIA EN FUNCION DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano; OLDRIN LUIS GONZALEZ LOPEZ, venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, titular de la cedula N° 10.371.504, de profesión u oficio Distinguido de la Guardia Nacional, residenciado en; El Barrio 810, Calle 64, Casa Nº 94-123, Barrio Adyacente al Mercado Guajiro de Santa Rosa, Valencia Estado Carabobo. Por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YESENIA MARIA NOGUERA CALDEIRA. Por cuanto la causa se encuentra ter.....