En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por mutuo acuerdo, presentada por los Ciudadanos ANA YARIBAL REYES VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad número 12.524.336, y LUIS ADRIAN IBARRA CELIS, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad número 2.158.570, respectivamente, ambos de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada YAMELIS DEL VALLE PORTILLO PAREJO, Inpreabogado N° 78.384, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, el cual contrajeron en fecha Veinticinco (25) de Abril del año 1996, contrajimos Matrimonio Civil por ante la Oficina Subalt.....