Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana Irismar Sagrario Mújica, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.248.179, asistida por la abogada Omarisy Henríquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 165.277.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía al ciudadano José Alberto Campos Juárez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.606.283, y que fuera contraído en fecha 06 de noviembre de 1987, por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan José Flores, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, tal como consta.....