PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana LUXMILA ZACHENKA RODRIGUEZ DIAZ, actuando como apoderada Judicial del ciudadano LUIS GERONIMO CARPIO GUTIERREZ, (tercero solicitante) conforme se evidencia de documento poder que cursa en las presentes actuaciones a los folios 14 al 17.
SEGUNDO: De conformidad al artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, ANULA a la decisión de fecha 26 de Octubre de 2009, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control No. 02, de este Circuito Judicial Penal Extensión Puerto Cabello, mediante la cual NEGO la entrega del inmueble solicitado (terreno y un galpón sobre él constituido) de conformidad al artículo 66 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. TERCERO: RETROTRAE la presente actuación al estado en que un Juez de Control distinto al que dictó el fallo aquí anulado, tramite y se pronuncie sobre la solicitud de entrega de bie.....