DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, (Prestaciones Sociales y demás Beneficios laborales) incoaran los ciudadanos RUBEN COLMENAREZ, JUAN RAMON PIÑA, ELEUTERIO ISAGUIRRE, LUIS ENRIQUE GALINDEZ, MARIA TRINIDAD VALDERRAMA, JOSE BALBINO HERRERA y EVA MERCEDES VALERA; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 8.512.107, 4.343.145, 4.839.919, 11.744.944, 8.139.309, 14.113.339 y 7.500.561, respectivamente, contra la entidad de trabajo LAXMI, C.A. y el MUNICIPIO AUTONOMO PUERTO CABELLO DEL ESTADO CARABOBO.
En consecuencia las partes codemandadas, y el socio solidario ciudadano Carlos Alberto Rodríguez Viale Rigo, titular de la cedula de identidad Nº 3.28.....