Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana Leidi Daniela Urimare Ochoa López, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-26.486.431, asistida por el abogado Jean Carlos José Illas Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 229.956.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía al ciudadano Lowis José Valera Villarreal, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-25.349.375, y que fuera contraído en fecha 20 de julio de 2019, por ante el Registro Civil de la Parroquia Mariara, Municipio Diego Ibarra, Estado Carabobo, tal c.....