Por las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejerció recurso de apelación, la profesional del derecho REBECA ANDREINA PINTO CAMACHO, Defensora Pública Sexta (6°), Penal Ordinario, cargo adscrito a la Defensa Pública del Estado Carabobo, actuando en este acto con el carácter de Defensora del ciudadano LUIS ENRIQUE POLANCO PAEZ, contra de la decisión publicada en fecha 05-01-2015 por el Tribunal Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en consecuencia se CONFIRMA la decisión recurrida y se NIEGA por improcedente conforme a la motivación supra señalada, la libertad solicitada por la defensa de autos. Todo de conformidad con lo dispuesto en nuestra normativa adjetiva penal vigente. ASÍ SE DECIDE.- Regístrese, publíquese y remítase la causa en su oportunidad legal .....