Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana Mariana Estredo Villar, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-19.744.869, asistida por la abogada Eneida Márquez Padilla, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 68.302.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía al ciudadano Héctor Alberto Ledezma Osorio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.928.741, y que fuera contraído en fecha 21 de abril de 2016, por ante el Registro Civil de la Parroquia Goaigoaza, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, tal como consta en.....