En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Tercero de Municipio del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara perimida la instancia en la demanda intentada por la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES DEL SUR, C.A. (INVERSURCA), inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 24 de febrero de 1976, bajo el No. 19, Tomo 17-C, mediante su apoderada judicial abogado María Rosario De La Chiquinquira Ríos Peña, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 320.772, contra la SOCIEDAD MERCANTIL DECORACIONES MAGLIMS, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 11 de septiembre de 2001, bajo el No. 39, Tomo 48-B, representada por el ciudadano Maglims José Maldonado Arevalo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de .....