Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana Nubia Saavedra, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.380.810 (E-81.672.524), asistida por la abogada Eumenia Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 284.972.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía al ciudadano Nelson Balbino Barrera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.234.335, y que fuera contraído en fecha 26 de abril de 1990, por ante el Registro Civil de la Parroquia Goaigoaza, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, tal como consta en acta asen.....