Este Tribunal ORDENA LIBRAR ORDENES DE CAPTURAS, en contra de los imputados FLORES REINA HECTOR ALEXANDER, OCHOA MUJICA NIXON ALEXANDER y REINA JHONNY ROLANDO, antes identificados, en base a lo previsto en el artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 262 ordinal 2 ejusdem, a los fines de que sean ingresados al Internado Judicial Carabobo, debiendo informar a este Despacho de su respectivo ingreso, para efectuar la correspondiente audiencia preliminar en la presente causa. Líbrense la correspondientes Orden de Capturas y remítase con oficio a la Brigada de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Carabobo. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Se suspende el presente proceso, hasta tanto se materialice las capturas de los precitados imputados, una vez puesto a la orden de este Tribunal se fijara la audiencia preliminar. Cúmplase