Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 26 de julio de 2011, por el abogado NELSON JOSE LEAL ANTONIAZZI, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil GERGAR, C.A., contra la sentencia interlocutoria dictada el 18 de julio de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; en la cual declaró IMPROCEDENTE la solicitud de reposición de la causa, formulada por el ciudadano GERÓNIMO GARCIA CRUCES, actuando en nombre y representación de la sociedad de comercio GERGAR C.A., asistido por el abogado NELSON JOSE LEAL ANTONIAZZI; en el juicio contentivo de TERCERIA, incoado por la referida sociedad de .....