DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por la ciudadana, ZULIMAR IRENE TORRES PINEDA, titular de la cedula de identidad Nº V-16.569.474, contra la empresa, CARIBBEAN FOOD, C.A. Así las cosas deja establecido quien decide, que la sumatoria de todos los conceptos antes referidos alcanzan el resultado de CINCO MIL CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CERO DOS CENTIMOS, (Bs. 5.049,02), cantidad a la cual se le debe realizar la deducción de, UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 1.364,85), por concepto de prestaciones sociales (anticipo) recibido por la accionante según liqu.....