En orden a los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDA LA TACHA propuesta por la parte demandante, a tenor de lo previsto en el parágrafo único del artículo del artículo 85 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y, DESISTIDA LA ACCION interpuesta por el ciudadano JOHANN HERMANN SCHAFER HOPF contra la empresa PRODUCTOS CARNICOS SAN SIMON, C.A., ambas partes identificadas en el cuerpo de la presente decisión, conforme a lo establecido en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.