III
DISPOSITIVA DEL FALLO
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento de la demanda efectuado el 03/11/2015, por el ciudadano José Luis Perez Labrador, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.075.102, asistido por la abogada Raisha Grooscors Bonaguro, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.200.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, que tiene efectos preclusivos, QUEDAN EXTINGUIDAS LAS PRETENSIONES DE LA PARTE DEMANDANTE, y así se declara.
TERCERO: No se condena en costas a la parte demandante, dada la naturaleza de este fallo.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del E.....