En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS AUGUSTO SILVA MARTINEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la demandada CERVECERIA POLAR C.A. Así se declara.-
REVOCA la sentencia recurrida, en cuanto a los aspectos impugnados, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 05 de diciembre de 2012, que declaró parcialmente con lugar la demanda intentada, por el ciudadano OSWALDO GREGORIO RIJOS RUIZ, contra la entidad mercantil CERVECERIA POLAR C.A. Así se declara.-
SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano, OSWALDO GREGORIO RI.....