Por las razones expuestas, este TRIBUNAL DECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS, VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO de la ciudadana CARMEN CECILIA MENTANA MARINELLI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.377.121. y en consecuencia, ordena que se envíe copia de esta Sentencia a la Oficina del Registro Civil, de las Parroquias San Blas, El Socorro y Catedral, del Municipio Valencia, del estado Carabobo, bajo el numero de Acta Nº 92, Tomo I, año 1.983, y que acompaña al presente escrito de demanda y al Registro Principal de esa misma Circunscripción, llevados por el Registro antes mencionado, en tal sentido, En donde dice "CARMEN CECILIA MENTANA MARINELY" que es incorrecto, debe decir "CARMEN CECILIA MENTANA MARINELLI" que es lo correcto, en donde dice "MARIA LUISA MARINE.....