Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE LA ACLARATORIA solicitada por el abogado FRANCISCO BARRAZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 48.660, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano FREDDY PEREZ, respecto de la sentencia interlocutoria publicada el 25 de septiembre de 2006 por este órgano jurisdiccional, mediante la cual se declaró insuficiente la consignación dineraria que la accionada, VELCHA´S CAMIONES, C.A., realizó por ante el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con motivo de la persistencia en el despido injustificado recaíd.....