En razón de todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora Del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por los Jeanette Coromoto Rodríguez Escalona y Freddy Eduardo Fajardo, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad No. V-11.746.314 y V-12.426.580 respectivamente debidamente asistidos por la abogada Felicita Coromoto Gómez Ibarra, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 27.749
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador correspondiente.
Expídase por la Secretaría de este Tribunal, dos (02) juegos de copia certificada de la presente sentencia para ser remitidas junto con oficio a la Oficina Mun.....