DISPOSITIVA
Con fundamento a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR POR IMPROCEDENTE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL cuyo cumplimiento quedo demostrado en autos; la cual fue interpuesta por el ciudadano ANGEL LUIS MALAVE BALZA, titular de la cedula de identidad Nº 10.252.029, en contra de la empresa ARMOR GROUP VENEZUELA, S.A.
No se condena en costas a la parte accionante conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en el despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo en sede Constitucional, en Puerto Cabello, a los dos (02) días del mes de mayo del año dos mil doce (2012).
ABOG. ALFREDO CALATRAVA SANTANA
JUEZ DE PR.....