Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurias agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de POSESIÓN TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor de el ciudadano ERICK ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ, sobre las bienhechurias consistentes en: un (01) pozo séptico, un (01) banco de transformador 15 Kva, tres (03) poste de alta tensión, un (01) poste de baja tensión, un (01) tanque de agua australiano, un (01) pozo profundo con su respectiva cerca , sistema de riego, una (01) piscina, un (01) portón como entrada principal, el terreno se encuentra totalmente cercado con estantillos de madera y tres pelos de alambre de púa. Una (01) .....