Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por los ciudadanos FERNANDO JOSE CORRALES SANABRIA y MARIA GABRIELA ARIAS SANCHEZ, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-24.329.768 y V-29.500.715, respectivamente y ambos de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada en Ejercicio JESSMAR MARINA NUÑEZ DE ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 106.116, en la demanda que por DIVORCIO POR DESAFECTO, fuere incoada por el ciudadano FERNANDO JOSE CORRALES SANABRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-24.329.768, y de este d.....