Este Tribunal Segundo De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Bejuma, Montalbán Y Miranda De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, Administrando Justicia, En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil formulada por los ciudadanos: REINALDO RAFAEL MUÑOZ AULAR y CARMEN RAMONA VILLEGAS HENRIQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.453.071 y V-11.360.659, respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos en este acto por la abogada MARIA MARTINA SALAS BELISARIO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 161.084, funcionario adscrito al programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía desde el día veintinueve (29) de Noviembre de 2012, fecha en la cual contrajeron Matrimoni.....