REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE











JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY
Valencia, veintinueve (29) de septiembre de 2025
Años: 215° y 166°

EXPEDIENTE: N° 17.013

De la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman la presente causa, este Juzgador pudo constatar que en fecha diecisiete (17) de diciembre de 2024, se dictó auto mediante el cual se admitió la presente querella funcionarial interpuesta por la ciudadana MARICELA CASTRO CHACÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.138.362, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51.827 contra el SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), en el cual se ordeno citar al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, así como, notificar al SUPERINTENDENTE DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), al MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA ECONOMÍA, FINANZAS Y COMERCIO EXTERIOR, y al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL.
En consiguiente, en fecha nueve (09) de mayo de 2025 y ocho (08) de julio de 2025, el ciudadano CARLOS LUIS MARQUEZ, en su condición de Alguacil de este Juzgado Superior consigno las resultas de las notificaciones practicadas al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, SUPERINTENDENTE DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) y al MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA ECONOMÍA, FINANZAS Y COMERCIO EXTERIOR, en este sentido, en fecha veintiocho (28) de julio de 2025, dejó constancia que no fue practicada la boleta de notificación dirigida al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL, por cuanto informaron que el ente autorizado para recibir boletas de notificación se encontraba en Caracas.
Ahora bien, este Jurisdicente como garante de los principios y garantías constitucionales en los cuales se encuentran consagrados el derecho de acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva como valores fundamentales para salvaguardar la Supremacía Constitucional y en aras de garantizar el correcto desenvolvimiento del proceso, ordena dejar sin efecto la boleta de notificación de fecha diecisiete (17) de diciembre de 2024, bajo oficio Nro. 0931 dirigida al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL, en virtud de que ya consta en autos la notificación de su superior jerárquico el SUPERINTENDENTE DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). Y ASÍ SE DECIDE.
El Juez Superior,


DR. ALFREDO JOSÉ SIVIRA PERDOMO
La Secretaria Accidental,


ABG. Henyerlin A. García

Expediente Nº 17.003
AJSP/HG/DG