ACTA
ASUNTO N°: GP21-E-L-2025-000063
PARTE ACTORA: LEIBIS NAILETH PULGAR HERMOSO
APODERADO PARTE DEMANDANTE: RAFAEL ANDRES PONTILES HELDEN y AMERICA MIJARES
PARTE DEMANDADA: CARGO VALENCIA, C.A. (NO COMPARECIO)
APODERADA DE LA EMPRESA: NO COMPARECIO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES.
Hoy, MARTES 21 DE OCTUBRE DE 2025, SIENDO LA 10:00 AM. día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO AUDIENCIA PRELIMINAR, comparecieron a la misma, la parte actora abogados RAFAEL ANDRES PONTILES HELDEN y AMERICA MIJARES inscritos en el inpreabogado bajo los N° 151.986 y Nº 152.915, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales, según poder apud acta que riela al expediente, de la ciudadana PULGAR HERMOSO LEIBIS NAILETH, titular de la Cédula de Identidad Nº.11.751.038, y por la parte demandada CARGO VALENCIA, C.A., ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, la representación de la parte demandante en la realización de la audiencia, DESISTE tanto del procedimiento, como de la pretensión, y en virtud de ello solicita del ciudadano Juez homologué el presente desistimiento tanto del procedimiento y de la pretensión, y archive el expediente. El Tribunal de la causa, vistos que el desistimiento del procedimiento y de la pretensión por la ciudadana PULGAR HERMOSO LEIBIS NAILETH supra identificada, debidamente representado por los abogados RAFAEL ANDRES PONTILES HELDEN y AMERICA MIJARES, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 151.986 y 152.915 no es contrario a derecho, y tomando en cuenta que el mismo ha sido la conclusión de un proceso de Mediación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, es por lo que este TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, SEDE PUERTO CABELLO. En vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESESTIMIENTO TANTO DEL PROCEDIMIENTO COMO DE LA PRETENSION, en los términos como se estableció, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Es todo. -
EL JUEZ
ABG. FRANCISCO ALBERTO PEREZ ROMERO
POR LA PARTE ACTORA.
POR LA PARTE DEMANDADA.
NO COMPARECIO
SECRETARIA
ABG. ANYELYN DEL VALLE MONTERO PADRON
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