REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE



EL JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 05 de mayo de 2025
Años: 215° y 166°

Expediente Nro. 17.029

En fecha dieciséis (16) de enero de 2025, comparecieron ante este Juzgado Superior la ciudadana MILAGROS DEL CARMEN ESCOBAR BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-16.503.709, debidamente asistida por el abogado en ejercicio HEBER FERER, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 209.525, quienes interpusieron una Querella Funcionarial en contra de la Decisión N° DTH/009872024, de fecha 21 de noviembre del 2024, notificada en fecha 29 de noviembre del 2024, emanada por la ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO.
En fecha veintidós (22) de enero de 2025, se le dio entrada y se anotó en los libros respectivos.
En fecha once (11) de febrero de 2025, este Juzgado Superior dicto auto mediante el cual admitió la Querella Funcionarial y ordeno citar al SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO y notificar al ciudadano ALCALDE DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO.
En fecha once (11) de marzo de 2025, compareció la ciudadana MILAGROS DEL CARMEN ESCOBAR BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-16.503.709, debidamente asistida por el abogado en ejercicio HEBER FERER, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 209.525, a los fines de otorgar Poder Apud Acta a los abogados HEBER FORERO, TANIA COROMOTO ROSALES DE LEDEZMA y GENNY BELL MARIN MORENO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 209.525, 73.984 y 102.674.
En fecha diecisiete (17) de marzo de 2025, compareció el ciudadano CARLOS LUIS MARQUEZ, Alguacil de este Juzgado Superior a los fines de consignar boletas de notificación debidamente firmadas y selladas de los oficios Nros. 0072 y 0073.
En fecha veintiuno (21) de abril de 2025, comparecieron las ciudadanas NURBYS KARELYS LAZARO ROMERO, NAY CRISTINA BLANCO DIAZ y MARIANELA MILLAN RODRIGUEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.528.275, V-18.434.721 y V-7.076.100, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 272.902, 174.643 y 27.295, adscritas a la Sindicatura del Municipio Valencia del estado Carabobo, a los fines de consignar los antecedentes administrativos en el juicio intentado por la ciudadana MILAGROS DEL CARMEN ESCOBAR BARRIOS.
En fecha treinta (30) de abril de 2025, comparecieron las ciudadanas NURBYS KARELYS LAZARO ROMERO, NAY CRISTINA BLANCO DIAZ y MARIANELA MILLAN RODRIGUEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.528.275, V-18.434.721 y V-7.076.100, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 272.902, 174.643 y 27.295, adscritas a la Sindicatura del Municipio Valencia del estado Carabobo, a los fines de consignar escrito de contestación a la presente querella funcionarial.
Ahora bien, por lo up supra narrado, y en aras de garantizar el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la igualdad entre las partes, vencido, como se encuentra el lapso para la contestación, procede este Juzgado Superior a fijar el acto de Audiencia Preliminar, para el quinto (5º) día de despacho, a las 10:30 de la mañana, tal y como lo establece nuestra legislación en el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual señala: “vencido el lapso de quince días de despacho para la contestación, haya tenido o no lugar la misma, el tribunal fijara en uno de los cinco días de despacho siguientes, la hora para que tenga lugar la audiencia preliminar”, Entendiéndose que la emisión del presente auto se realiza en el segundo (2º) día de despacho al que hace mención nuestro legislador.
EL JUEZ SUPERIOR,



DR. CARLOS ALBERTO BONILLA ÁLVAREZ.

LA SECRETARIA,


ABG. LIBNY P. BALLESTEROS P.
CABA/LPBP/VM