REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO,
CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 14 de julio de 2025.
Años: 215º y 166º
Expediente Nº 15.376
Vista la diligencia presentada en fecha 08 de julio de 2025, por el ciudadano IVÁN ANDRÉS MORALES PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 12.316.687, debidamente asistido en este acto por el abogado IVÁN DARÍO MORALES PULIDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 176.851, parte querellante, se acuerda de conformidad a lo solicitado.
En mi condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha tres (03) de abril del 2024 y con juramento ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia el cinco (05) de abril del 2024, me aboco al conocimiento de la presente causa.
Por tal motivo, se le informa que la causa reanudará su curso legal una vez hayan transcurridos los diez (10) días de despacho a que se refiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, vencido dicho lapso, comenzarán a correr los cinco (05) días de despacho para que las partes ejerzan su derecho a la recusación prevista en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; los cuales comenzarán a computarse una vez que conste en autos la última de las notificaciones practicadas.
El Juez Superior,

Dr. CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ.
La Secretaria,
ABG. LIBNY PAOLA BALLESTEROS P.
Exp. Nº 15.376. En la misma fecha se libraron oficios de notificaciones bajo los Nros. 0346, 0347 y 0348.
La Secretaria,
ABG. LIBNY PAOLA BALLESTEROS P.

CABA/LPBP/EH