DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por la ciudadana JUANA YARNILA GUILARTE AGUILAR venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-10.500.951, de este domicilio, asistida por la abogada XIORELY DEL VALLE DALIS LETRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-15.993.899, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I. P. S. A.) bajo el Nro. 222.678, contra la ciudadana WILFREDO ANTONIO JIMÉNEZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-7.494.500, contraído por ante la Oficina de Registro Civil de la parroquia Santa Rosa del municipio Valencia del estado Carabobo; en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Oficina de Registro Civil de la parroquia Santa Rosa del municipio Valencia del estado Carabobo.
Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominado Región Carabobo.
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