REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia 04 de abril de 2025
214º y 166º

ACTUANDO EN SEDE: CIVIL
SOLICITUD N°: 9839
MOTIVO: DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS.
SOLICITANTE(S): ANA ANTONIETA ALCALÁ DE MARTÍNEZ, titular de la
cédula de identidad Nro. V- 3.639.706.-

En relación a la solicitud de fecha 19 de marzo de 2025, suscrita por la ciudadana ANA ANTONIETA ALCALÁ DE MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.639.706, debidamente asistida por los abogados LUIS AMERICO PEREZ ROJAS Y MARIA EMILIA SILVA QUINTERO, Defensores Públicos según Resoluciones DDPG-2019-833 y DDPG-2020-161, de este domicilio, actuando en nombre propio y en representación de sus coherederos CARLOS ANTONIO MARTINEZ ALCALA Y ANAIS TERESA MARTINEZ ALCALA, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.-15.907.479, y V-18.248.698, donde solicita en su condición de herederos sobrevivientes, les sea declarados, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del De Cujus: CARLOS YRNARE MARTINEZ RODRIGUEZ titular de la cedula de identidad Nro. V.- 3.953.768, quien falleció ab-intestato, el día veintiséis (26) de noviembre de 2024. El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal, promovidas por la mencionada ciudadana ANA ANTONIETA ALCALA DE MARTINEZ, plenamente identificada, y dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos: ANA ANTONIETA ALCALA DE MARTINEZ, CARLOS ANTONIO MARTINEZ ALCALA Y ANAIS TERESA MARTINEZ ALCALA plenamente identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: CARLOS YRNARE MARTINEZ RODRIGUEZ titular de la cedula de identidad Nro. V.- 3.953.768, quien falleció ab-intestato, el día veintiséis (26) de noviembre de 2024, según consta de copia certificada de acta de defunción Nº 1595, Tomo VII; año 2024 emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo. Y así se decide.
Devuélvanse las resultas a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia en PDF.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los cuatro (04) días del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025). Años 214° de la Independencia y 166º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA


ABG. ERLYVANIS CISNERO ROMERO

LA SECRETARIA ACCIDENTAL

ABG. VICMARY LAGO

Exp. N° 9839
ECR/VL.-