REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 10 de octubre del 2024
Años: 214º y 165º

Vista la consignación del ciudadano CARLOS LUIS MÁRQUEZ, en su condición de Alguacil de este Juzgado Superior de la resulta de notificación practicada en fecha 14 de agosto de 2024, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 05 de junio de 2024, y transcurrido como ha sido el lapso sin que la parte ejerciera recurso alguno; este Tribunal ordena la remisión del expediente signado bajo el N° 16.960, contentivo de la Demanda por Cobro de Bolívares, interpuesta por la CORPORACIÓN UNICA DE SERVICIOS PRODUCTIVOS Y ALIMENTARIOS, C.A (CUSPAL), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Alimentación, en su carácter de representante de las sociedades mercantiles INDUGRAM, C.A. y PRODUCTOS LA FINA, C.A., con titularidad jurídica N° (RIF G-20009789-2) y (RIF G-20009704-3), debidamente representados por la abogada MAYERLING ROSALES GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 83.743, contra la Sociedad Mercantil DOÑA OMA 7, C.A. En consecuencia, se ordena librar oficio de remisión dirigido a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de ley. Así se ordena.
El Juez Superior,

DR. CARLOS ALBERTO BONILLA ÁLVAREZ
La Secretaria,

ABG. LIBNY P. BALLESTEROS P.
Exp. Nº 16.960. Se remite una (01) pieza principal constante de 81 folios útiles, según oficio N° 0015.
La Secretaria,

ABG. LIBNY P. BALLESTEROS P.
CABA/LPBP/VM