SENTENCIA: DECLINATORIA

En fecha Nueve (09) de Julio del Año 2024, se recibió del Tribunal Distribuidor Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Solicitud de TITULO SUPLETORIO; presentada por el Ciudadano LAUREANO MATOS ANZOLA, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.351.826; asistido por el Abogado en ejercicio JAIRO ALBERTO MENDOZA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 281.216 resultando este Tribunal competente para conocer la presente Solicitud, alegando que en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), ubicado Sector Simón Bolívar, Callejón Lara, Casa Nº S/Nº, Municipio Guacara del Estado Carabobo. Con Certificado de Empadronamiento N° 08-04-02-U01. Tiene un àrea de Construcción de aproximadamente NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO CENTÍMETROS (987,48 M2) en una Superficie de Terreno de MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TRECE CENTÍMETROS (1765,13 M2). El cual se encuentra comprendido dentro los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea recta de 33,76 M. aproximadamente con bienhechurías que son o fueron de Juan Peiro SUR: En línea recta de 33,76 M. aproximadamente, con Callejón Lara, que es su frente. ESTE: En línea recta de 29,25 M. aproximadamente con bienhechurías que son o fueron de Rafael Virguez. OESTE: En línea recta 29,25 M. Aproximadamente, con bienhechurías que son o fueron de Laureano Matos, según Certificado de Empadronamiento emitido por la Oficina de Catastro del Municipio Guacara. Que para efectos legales, necesitan comprobar sobre los derechos de propiedad de las bienhechurías, solicitan sea decretado Titulo Supletorio de la Propiedad. Llegada la oportunidad para la pronunciación del Tribunal sobre la acción, encontró, que la parte actora pide Solicitud de Titulo Supletorio de un inmueble construido en un lote de terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI).