REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Guigue, 15 de octubre de 2024
214º y 165º
DECISIÓN N° 306-2024
TIPO: DECRETO DE SOLICITUD AUTÓNOMA RESUELTA.

Vista las actuaciones que anteceden, revisadas las documentales insertas en autos y evacuadas como han sido las declaraciones de las testigos presentadas por la parte solicitante, ciudadanos EDUARDO ENRIQUE SILVA ALVAREZ e ISABEL DOLORES SANABRIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.529.573, y V-3.579.900 respectivamente; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTEMENTE DE PROPIEDAD SOBRE UNAS BIENHECHURIAS Y SUS MEJORAS a favor de los ciudadanos IRIS JOSEFINA RODRIGUEZ, IVON RAQUEL RODRIGUEZ ESCALONA, ISRAEL JOSE RODRIGUEZ ESCALONA, TONY ARMANDO ESCALONA y OMAR ENRIQUE ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.148.843, V-6.884.628, V-12.524.075, V-6.442.732, V-7.047.331 y de este domicilio, enclaustradas con una extensión de Terreno de DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON TREINTA Y UN METROS CUADRADOS (274,31 mts2) y un Área de construcción de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS (159,53mts2.), ubicado en 1ERA AVENIDA ENTRE CALLEJON RURAL Y 6TA AVENIDA, N°23-10244, FERNANDO SUAREZ II, PARROQUIA TACARIGUA, MUNICIPIO CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO; y comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: Casa que es o fue de la familia Delgado; SUR: 1era Avenida (que es su frente); ESTE: Casa que es o fue de la familia Pérez, y OESTE: Casa que es o fue de la familia Álvarez, según Certificado de Empadronamiento emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, en fecha 27 de agosto del 2024. Así se declara.
Devuélvase al solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, previa certificación por secretaría, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y expedición de las copias para el control de archivo. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
El Juez,


Abg. KEVIN YOEL SHTYRIN LOZADA.
La Secretaria,


Abg. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, y se devolvió el expediente en original contentivo de veintidós (22) folios útiles.

La Secretaria,

Abg. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA.

Exp. N° S-787-24
KYSL/CMFG/KGPC