REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
VALENCIA, 10 DE OCTUBRE DE 2024.-
214º Y 165º
Expediente N° 3910.
Visto el escrito de solicitud junto con sus recaudos anexos, presentado por la ciudadana YSABEL DEL CARMEN PADILLA MOLLEJA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.837.875, debidamente asistida por el abogado NESTOR ALI DURAN PINTO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 35.289, en la que solicita la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION, la cual se encuentra asentada bajo el No. 72 del Año 2024 en los Libros de la oficina Municipal de Registro Civil de Naguanagua del estado Carabobo, y que anexa al escrito de la solicitud, y en virtud del legajo de documentos probatorios; y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y en el presente caso por estar llenos los requisitos establecidos en las normas contenidas en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En virtud de lo solicitado y de lo antes expuesto, este Tribunal ordena la RECTIFICACIÓN DE LA ACTA DE DEFUNCION asentada bajo el No. 72 del Año 2024, en los Libros de la oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Naguanagua del estado Carabobo, como lo expresa la solicitante en su escrito, la referida Acta adolece de error material, ya que al insertar la misma en los Libros de Registro Civil correspondientes, se omitió el nombre de uno de los hijos por error involuntario donde dice deja (3) hijos: JOSE LEONARDO GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-9.533.787, JOSE CARLOS GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-10.867.124 DANIEL GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-14.162.345 Debe decir siendo lo correcto deja (4) hijos: JOSE LEONARDO GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-9.533.787, JOSE CARLOS GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-10.867.124 DANIEL GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-14.162.345 JUAN VICENTE GOMEZ SILVA, cedula de identidad V- 6.964.934, (Difunto) Para los efectos probatorios se consignaron los siguientes recaudos: A) Copia fotostática de la partida de nacimiento JUAN VICENTE GOMEZ SILVA . B) Acta de Defunción de la ciudadana CONCEICAO SILVA DE GOMEZ, Acta N° 72, del Año 2024. C) Acta de matrimonio de los Ciudadanos YSABEL DEL CARMEN PADILLA MOLLEJA Y JUAN VICENTE GOMEZ SILVA. Probado como ha sido lo alegado y por cuanto la obviedad del error denunciado no amerita la tramitación de un Juicio de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION y por cuanto no existe interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, este TRIBUNAL QUINTO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS, VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena de forma SUMARIA, al Jefe de la Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, y al Registrador Principal del Estado Carabobo, estampar la debida Nota Marginal en el Acta de Defunción de la ciudadana CONCEICAO SILVA DE GOMEZ, previamente determinada así donde dice: (3) hijos: JOSE LEONARDO GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-9.533.787, JOSE CARLOS GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-10.867.124 DANIEL GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-14.162.345 debe decir (4) hijos: JOSE LEONARDO GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-9.533.787, JOSE CARLOS GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-10.867.124 DANIEL GOMEZ SILVA, cedula de identidad V-14.162.345 JUAN VICENTE GOMEZ SILVA, cedula de identidad V- 6.964.934, (Difunto) que es lo correcto. Así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud y de este auto remítase con oficio A la Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, y al Registrador Principal del Estado Carabobo.- Líbrese oficio.-
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. ISBEL ALEXANDRA REYES DIAZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. GIANNY K. PEREZ B.
En la misma fecha se expidieron copias certificadas y se remitió con oficios números 4420-326-2024 y 4420-327-2024 respectivamente.-
LA SECRETARIA TEMPORAL
EXP. 3910.
IARD/GKPB/ymmq
|