REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADOCARABOBO.
Valencia, 27 de noviembre de 2024
214° y 165°
SOLICITUD N° 11008-2024
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE (S): Ciudadanos JUAN CARLOS LUIS DOMINGUEZ BOLIVAR y JUAN IGNACIO DOMINGUEZ BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.614.452 y V-18.504.174 y de este domicilio.
ABOGADO(A) ASISTENTE(S): MANUELA CASTRILLO CASTRILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 318.529.
Visto que la parte interesada juro la urgencia del caso, solicitando la habilitación del tiempo necesario para la evacuación de la presente solicitud presentada por los ciudadanos JUAN CARLOS LUIS DOMINGUEZ BOLIVAR y JUAN IGNACIO DOMINGUEZ BOLIVAR, asistidos por la Abogada MANUELA CASTRILLO CASTRILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 318.529, ut supra identificados; junto a las actas presentadas que corren insertas en autos, así como las declaraciones juradas de los ciudadanos YNGRID MAGALLY RUMBOS ANGULO y SADALA JOSE MOSTAFA ESPINOZA, identificados en actas; este Tribunal, como se pide y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: dichas pruebas suficientes para asegurarle a los solicitantes ciudadanos, JUAN CARLOS LUIS DOMINGUEZ BOLIVAR y JUAN IGNACIO DOMINGUEZ BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.614.452 y V-18.504.174, y de este domicilio, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana: MARIA DE JESUS BOLIVAR DE DOMINGUEZ, quien en vida era de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.692.445, y falleció en la República Bolivariana de Venezuela, Estado Carabobo, Municipio Valencia, en fecha 17 de agosto del 2024, siendo su ultimo domicilio en Urbanización Colinas de Guataparo, calle los Linderos, Parcela MC-04, Parroquia San José Municipio Valencia Estado Carabobo, como queda evidenciado en la Inserción del Acta de Defunción anexada al escrito (folio 04). Devuélvase originales de las actuaciones previa certificación por secretaria.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Valencia, veintisiete (27) de noviembre de 2024.-
LA JUEZA PROVISORIO
ABG. YELITZA K. CARRERO RAMÍREZ
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABG. SILVIA PATRICIA CURVELO.
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En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
LA SECRETARIA SUPLENTE.
Sol. 11008-2024
YCR/SPC/occm.