REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia 22 de Mayo de 2024
214º y 165º

ACTUANDO EN SEDE: CIVIL
SOLICITUD N°: 9717
MOTIVO: DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS.
SOLICITANTE(S): GIANNA MARIA GIUSEPPINA ALFIERI DE CALICO actuando en
su nombre y en Representación de Otros, asistida del
abogado en ejercicio FRANCESCO CARROCCIO.-

En relación a la solicitud de fecha 24 de ABRIL de 2024, suscrita por la ciudadana GIANNA MARIA GIUSEPPINA ALFIERI DE CALICO titular de la cedula de identidad No. V.-5.388.939 quien actúa en su propio nombre y en representación de los ciudadanos EVANDRO GIULIO NICOLA ALFIERI PAOLANTONIO, MAURICIO ALEJANDRO GABRIELE ALFIERI PAOLANTONIO, titulares de las cedulas de identidad Nos. V.-7.029.194 y V.- 8.849.196 respectivamente, asistido del abogado en ejercicio FRANCESCO CARROCCIO, debidamente inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.20.694, donde solicitan en su condición de herederos sobrevivientes, les sea declarados, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” de la De Cujus: ANNA BRUNA PAOLANTONIO ALFIERI titular de la cedula de identidad N°E.- 376.378, quien falleció ab-intestato, el día ocho (08) de enero de 2023. El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal, promovidas por la mencionada ciudadana GIANNA MARIA GIUSEPPINA ALFIERI DE CALICO, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos EVANDRO GIULIO NICOLA ALFIERI PAOLANTONIO, MAURICIO ALEJANDRO GABRIELE ALFIERI PAOLANTONIO, todos plenamente identificados, y dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos: GIANNA MARIA GIUSEPPINA ALFIERI DE CALICO, EVANDRO GIULIO NICOLA ALFIERI PAOLANTONIO y MAURICIO ALEJANDRO GABRIELE ALFIERI PAOLANTONIO plenamente identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus: ANNA BRUNA PAOLANTONIO ALFIERI quien era mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E.-376.378, quien falleció ab-intestato, el día ocho (08) de enero de 2023, según consta de copia certificada de acta de defunción Nº 61; Tomo I; año 2023 emanada de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Y así se decide.
Devuélvanse las resultas al solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los veintidós (22) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214° de la Independencia y 165º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO


ABG. JESUANI SANTANDER

LA SECRETARIA

ABG. ADRIANA CALDERON

JSL/Sb.
Sol. N° 9717