JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. -
Güigüe, 05 de Marzo de 2024
Años: 213º y 165º

Vista la solicitud formulada por el ciudadano: EDY JOSE FUENMAYOR AZUAJE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-31.000.653 y de este domicilio, asistido por la Abogada en ejercicio: MARTHA ELISA VELASQUEZ PAEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 320.693, en la cual pide se le declare Justificativo de Testigos de Comprobación de Hecho, por cuanto el ciudadano antes mencionado lo requiere para realizar los tramites respectivos ante el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (I.N.T.T); y vistas las declaraciones de los Testigos hábiles y conteste de fecha Veintinueve (29) de Febrero de 2024, por los ciudadanos: YRMA CAROLINA AZUAJE BRETO, titular de la cedula de identidad Nº V-6.883.457 y DOMINGO ARNALDO RANGEL AZUAJE, titular de la cedula de identidad Nº V-16.098.591, presentados por la parte interesada; y analizado el caso en cuestión, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Declarar Justificativo de Testigos de Comprobación de Hecho para Certificar al Solicitante que lo expuesto por los prenombrados testigos es cierto y suyas las firmas que los suscriben y demás derechos descritos anteriormente; dejando a salvo, en todo caso los derechos que puedan corresponder a terceros; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase Originales. -


LA JUEZ TEMPORAL



ABOG. ERLYVANIS K. CISNERO ROMERO




LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA





En la misma fecha siendo las 11: 25 de la mañana se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión. -


SE DEVUELVE EN _________FOLIOS ESCRITOS. -




LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA





Expediente Nº 676-24.-
EC/KGPC
















































C E R T I F I C A C I Ó N

Quien suscribe ABOG. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA, Secretaria Titular del JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CERTIFICA: Que esta Copia es traslado fiel y exacto de su original, la cual corre inserta en el expediente signado bajo el Nro. S-676-24, motivo: JUSTIFICATIVO DE TESTIGO, solicitud incoada por el ciudadano: EDY JOSE FUENMAYOR AZUAJE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-31.000.653 y de este domicilio, asistido por la Abogada en ejercicio: MARTHA ELISA VELASQUEZ PAEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 320.693 Igualmente certifico que dichas copias se expiden por orden de la ciudadana JUEZA TEMPORAL y de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. En Güigüe, a los cinco (05) días del mes de Febrero del Año Dos Mil Veinticuatro (2024). Años 213º de la Independencia y 165º de la Federación. -


LA SECRETARIA TITULAR

Abg. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA



Expediente N° S-676-24.-
EC/KGPC