JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. -
Güigüe, 13 de Marzo de 2024
Años: 213º y 165º

Vista la solicitud formulada por el ciudadano: JOSE PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.795.697 y de este domicilio, asistido por la Abogada en ejercicio: MARIA ARACELIS RAMOS SOSA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 177.422, en la cual pide se le declare Justificativo de Testigos de Comprobación de Hecho, por cuanto el ciudadano antes mencionado lo requiere para Fines Legales, que le interesa acreditar ante la oficina del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), en relación a aclarar su estatus; y vistas las declaraciones de los Testigos hábiles y conteste de fecha Trece (13) de Marzo de 2024, por los ciudadanos: JOSE FRANCISCO RODRIGUEZ CUBIAN, titular de la cedula de identidad Nº V-3.287.484 y CAROLINA YSABEL BILBAO LANDAETA, titular de la cedula de identidad Nº V-7.072.112, presentados por la parte interesada; y analizado el caso en cuestión, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Declarar Justificativo de Testigos de Comprobación de Hecho para Certificar al Solicitante que lo expuesto por los prenombrados testigos es cierto y suyas las firmas que los suscriben y demás derechos descritos anteriormente; dejando a salvo, en todo caso los derechos que puedan corresponder a terceros; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase Originales. -


LA JUEZ TEMPORAL



ABOG. ERLYVANIS K. CISNERO ROMERO




LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA





En la misma fecha siendo las 11: 25 de la mañana se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión. -


SE DEVUELVE EN _________FOLIOS ESCRITOS. -




LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA





Expediente Nº 683-24.-
EC/KGPC