REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO

CARABOBO.

Guigue, 06 de junio de 2024
214º y 165º

DECISIÓN N° 011-2024
TIPO: DECRETO DE SOLICITUD AUTÓNOMA RESUELTA.
Vista las actuaciones que anteceden, revisadas las documentales insertas en
autos y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por la
parte solicitante, ciudadanos JOSE IGNACIO FARFAN APONTE y WALTER
DONSANTY GONZALEZ LARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas
de identidad Nros. V-11.051.498, y V-17.251.874 respectivamente; este Tribunal sin
perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, actuando de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TÍTULO
SUPLETORIO SUFICIENTEMENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano GONZALO
DAVID HERNANDEZ OLMEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de
identidad Nº V-12.478.941 y de este domicilio, sobre unas bienhechurías enclaustradas
con una extensión de Terreno de OCHENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y SIETE
METROS CUADRADOS (84,87 mts2) y un Área de construcción de CUARENTA Y
CUATRO CON CUARENTA METROS CUADRADOS (44,40 mts2.), ubicado en
CALLE NEGRO PRIMERO ENTRE CALLE SUCRE Y CALLE PAEZ, CASA S/N,
SECTOR TUREN TERRONAL, PARROQUIA GUIGUE, MUNICIPIO CARLOS ARVELO
DEL ESTADO CARABOBO; y comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE:
Casa que es o fue de la familia Briceño; SUR: Casa que es o fue de la familia Paredes;
ESTE: Casa que es o fue de la familia Orta; y OESTE: Avenida Negro Primero (que es
su frente), según Certificado de Empadronamiento emitido por la Dirección de Catastro
del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, en fecha 06 de Mayo del 2024. Así se
declara.
Devuélvase al solicitante en original todas las actuaciones que conforman la
presente solicitud, previa certificación por secretaría, de conformidad con lo previsto en los
artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y expedición de las copias para el
control de archivo. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

El Juez,

Abg. KEVIN YOEL SHTYRIN LOZADA.

La Secretaria,

Abg. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, y se devolvió el expediente en
original contentivo de catorce (14) folios útiles.
La Secretaria,

Abg. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA.

Exp. N° S-710-24
KYSL/CMFG/KGPC