REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
CARABOBO.
Guigue, 06 de junio de 2024
214º y 165º
DECISIÓN N° 010-2024
TIPO: DECRETO DE SOLICITUD AUTÓNOMA RESUELTA.
Vista las actuaciones que anteceden, revisadas las documentales insertas en
autos y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por la
parte solicitante, ciudadano HARRY PINEDA LOAIZA, venezolano, mayor de edad,
titular de la cédula de identidad No. V-13.811.890; este Tribunal sin perjuicio de terceros
de igual o mejor derecho, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937
del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO
SUFICIENTEMENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano HARRY PINEDA
LOAIZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.811.890;
y de este domicilio, sobre unas bienhechurías enclaustradas con una extensión de
Terreno de CUATROCIENTOS OCHO CON SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS
(408,62 mts2) y un Área de construcción de CIENTO SEIS CON NOVENTA METROS
CUADRADOS (106,90mts2.), ubicado en PASAJE EL CAMBUR CON CALLE CIEGA,
No 016, SECTOR CASCO DE TACARIGUA, PARROQUIA TACARIGUA, MUNICIPIO
CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO; y comprendido dentro de los
siguientes linderos NORTE: Calle Ciega; SUR: Casa que o fue de la Familia Pineda;
ESTE: Pasaje El Cambur (que es su frente); y OESTE: Casa que o fue de la Familia
Camacho, según Certificado de Empadronamiento emitido por la Dirección de Catastro
del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, en fecha 14 de Marzo del 2024. Así se
declara.
Devuélvase al solicitante en original todas las actuaciones que conforman la
presente solicitud, previa certificación por secretaría, de conformidad con lo previsto en los
artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y expedición de las copias para el
control de archivo. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
El Juez,
Abg. KEVIN YOEL SHTYRIN LOZADA.
La Secretaria,
Abg. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, y se devolvió el expediente en
original contentivo de diecinueve (19) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA.
Exp. N° S-700-24
KYSL/CMFG/YMRE