REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
CARABOBO.
Güigüe, 17 de junio de 2024
214º y 165º
DECISIÓN N° 012-2024
TIPO: DECRETO DE SOLICITUD AUTÓNOMA RESUELTA.
Visto el escrito de solicitud que encabeza el presente expediente, presentado por
la ciudadana MIGDALIA TERESA MONTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la
cédula de identidad Nº V-5.372.399, actuando en su propio nombre y representación de
sus hijos los ciudadanos YNDIRA NIRYURI MARCANO MONTERO, RUDEL MANUEL
MARCANO MONTERO, BRUNEL DAVID MARCANO MONTERO Y FREDERICK
RODRIGO MARCANO MONTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las
cedulas de identidad Nros. V-11.120.266, V-13.962.334, V-14.573.985 y 19.641.439,
asistidos por la Abogada YANETT MENESES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº
156.392, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus LUIS MANUEL
MARCANO ALBINO, en vida titular de la cédula de identidad Nº V-2.634.878, fallecido
ab-intestato en fecha 21 de Marzo de 2024; quien fuera cónyuge de la solicitante y padre
de los Coherederos, todos ut supra identificados. Igualmente, por cuanto de la
documentación presentada y de las declaraciones hábiles y contestes de las ciudadanas:
SONIA GREGORIA ESCALONA PAEZ Y REYNA CEBALLOS ARCIA, venezolanas,
mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.227.423, V-6.650.518,
respectivamente; aparece demostrado que la prenombrada peticionante y coherederos,
tienen la cualidad que se atribuyen. Así se establece.
Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y
EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, con sede en Guigue,
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
Autoridad de la Ley, declara bastante las probanzas para asegurarle a los ciudadanos
MIGDALIA TERESA MONTERO, YNDIRA NIRYURI MARCANO MONTERO, RUDEL
MANUEL MARCANO MONTERO, BRUNEL DAVID MARCANO MONTERO Y
FREDERICK RODRIGO MARCANO MONTERO, antes identificados, su condición de
ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus LUIS MANUEL MARCANO
ALBINO, con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, dejando a salvo los
derechos de terceros, todo de conformidad con el Artículo 936 del Código de
Procedimiento Civil. Conforme se pide, devuélvase todo en original con sus resultas a la
parte interesada. CÚMPLASE. –
El Juez,
Abg. KEVIN YOEL SHTYRIN LOZADA,
La Secretaria,
Abg. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA.
En la misma fecha se publicó la presente decisión siendo las 11:30 AM, quedando
anotada S-711-24, y se devuelve constante de (22) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA
SOL: S-711-24
KYSL/CMFG/KGPC.