REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 19 de junio de 2024
214º y 165º
EXPEDIENTE N°: 11903-2023.
DEMANDANTE: Ciudadana CLARA SCARANOSPISSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.121.959, y de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL: TORRES MIQUILENO KISSY ELOISA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 268.656.
DEMANDADO: Ciudadano LUAY AL KHATIB EL BAAYNI, mayor de edad, titular de cedula de identidad N° 20.039.126 y de este domicilio.
MOTIVO: DESALOJO (LOCAL COMERCIAL).
DECISIÓN: PERENCIÓN DE LA INSTANCIA
(SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA).

Revisadas las presentes actuaciones este Tribunal procede a puntualizar lo siguiente:
Se inician las presentes actuaciones por juicio de DESALOJO (LOCAL COMERCIAL), interpuesta ante el Tribunal Distribuidor en fecha 24/02/2023, y recibida físico el día 27/02/2023, es por lo que, en la misma fecha, se ordenó dar entrada y formar expediente, teniéndose para proveer (folios 01 al 48). En Fecha 01/03/2023 se dictó despacho saneador. En Fecha 03/03/2023 compareció el abogado TORRES KISSY subsanando lo antes solicitado. En Fecha 21/03/2023 se admitió la presente solicitud y se ordenó emplazar a la parte demandada, a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal a dar contestación a la demanda, a tal efecto se líbrense compulsas del libelo de la demanda y del auto de admisión de comparecencia, se ordena en esta misma fecha apertura del cuaderno de medidas y agregar copia certificada del libelo y del instrumento fundamental de la demanda. En fecha 18/04/2023 el Alguacil Titular JOSE NECTALY BORREGO, consigno boletas sin firmar.
III.- DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: EXTINCIÓN DEL PROCESO POR ABANDONO DE TRÁMITE, por parte del solicitante, Ciudadana CLARA SCARANOSPISSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.121.959, y de este domicilio. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese en el expediente físico el extenso del fallo. Regístrese en los libros respectivos y déjese copia íntegra digitalizada. CÚMPLASE LO ORDENADO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los diecinueve (19) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación. -
LA JUEZA PROVISORIA.

ABG. YELITZA CARRERO RAMIREZ.
LA SECRETARIA SUPLENTE.

ABG. SILVIA PATRICIA CURVELO.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo al anuncio de ley, siendo las dos y veinte horas de la tarde (02:00 pm). -
LA SECRETARIA SUPLENTE.
Exp. Nº 11903-2023.
YCR/SPC/DAGR.