REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Guigue, 08 de julio de 2024
214º y 165º
DECISIÓN N° 073-2024
TIPO: DECRETO DE SOLICITUD AUTÓNOMA RESUELTA.

Vista las actuaciones que anteceden, revisadas las documentales insertas en autos y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por la parte solicitante, ciudadanos LICERIA MARIA CASTELLANO LARA Y JULIAN SARMIENTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.442.777, y V-5.371.975 respectivamente; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTEMENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ROSA GISELA RAMOS PAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.347.235 y de este domicilio, sobre unas bienhechurías enclaustradas con una extensión de Terreno de SETENTA Y TRES CON SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (73,72 mts2) y un Área de construcción de OCHO CON SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (65,32 mts2.), ubicado CALLE LOS ANGELES ENTRE VIA AUTOPISTA Y CARRETERA NACIONAL GUIGU-TACARIGUA, N SIN DATOS, SECTOR LA TIAMITA, PARROQUIA GUIGUE, MUNICIPIO CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO; y comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: Casa que es o fue de la familia Córdova; SUR: Casa que es o fue de la familia Ramos; capilla; ESTE; Calle Los Ángeles); y OESTE: Casa que es o fue de la familia Aguirre, según Certificado de Empadronamiento emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, en fecha 03 de mayo de 2022. Así se declara.

Devuélvase al solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, previa certificación por secretaria, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y expedición de las copias para el control de archivo. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
El Juez,


Abg. KEVIN YOEL SHTYRIN LOZADA.
La Secretaria,


Abg. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, y se devolvió el expediente en original contentivo de catorce (14) folios útiles.

La Secretaria,


Abg. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA.

Exp. N° S-721-24
KYSL/CMFG/KGPC