REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 19 de julio de 2024
214° y 165°
Vista la demanda presentada por la ciudadana THANAIA AUTHMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-22.408.225. Ahora bien, para pronunciarse con respecto a la admisión de la misma el Tribunal observa:
La presente solicitud por TITULO SUPLETORIO fue presentada para su distribución en fecha 27 de NOVIEMBRE de 2023, por ante el Tribunal (distribuidor) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial, sometido a distribución correspondió conocer de la causa a este Tribunal, se le da entrada bajo el Número 11829-2023 y en fecha 08 de DICIEMBRE de 2023 se dictó auto de otorgando la extensión del lapso para consignar los documentos solicitados por despacho saneador. (Folios 01 al 15); sin embargo, desde el 08 de DICIEMBRE de 2023, al día de hoy 19 de julio de 2024, han transcurrido más de meses, por lo que, en virtud de las consideraciones antes expuestas este JUZGADO CUARTO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; NIEGA LA ADMISIÓN DE LA SOLICITUD presentada por la referida ciudadana.
LA JUEZA PROVISORIA.

ABG. YELITZA CARRERO RAMIREZ.
LA SECRETARIA SUPLENTE.

ABG. SILVIA CURVELO.

Sol. N° 10829-2023.
YCR/SPC/wdgp.