REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 10 de julio de 2024
214° y 165°
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JULIO SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-7.075.710, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo los N°. 27.019; para pronunciarse con respecto a la admisión de la misma el Tribunal observa:
La presente solicitud por INSPECCION JUDICIAL fue presentada para su distribución en fecha 04 de junio de 2023, por ante el Tribunal (distribuidor) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial, sometido a distribución correspondió conocer de la causa a este Tribunal, se le da entrada bajo el Número 11719-2023, en fecha 08 de junio de 2024, en fecha 19 de junio de 2023 se admitió, en fecha 19 de julio de 2023, se declara desierto el acto; sin embargo desde el 19 de julio 2023, al día de hoy 10 de julio de 2024, han transcurrido más de 1 año, por lo que, en virtud de las consideraciones antes expuestas este JUZGADO CUARTO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; DECLARA PRENCION POR ABANDONO DE TRAMITE presentada por la referida ciudadana.
LA JUEZA PROVISORIA.
ABG. YELITZA CARRERO RAMIREZ.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL.
ABG. SILVIA PATRICIA CURVELO.
Sol. N° 10719-2023.
YCR/SPC/wdgp.
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