REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. -
Guigue, 08 de Febrero de 2024
Años: 213º y 164º
SOLICITUD N°: S-667-24
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE (S): HONORIA PINO DE PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.029.630, asistida por el abogado en ejercicio, ARNALDO ENRIQUE MIERES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 194.713.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la solicitud presentada en fecha 26 de Enero de 2024, por la ciudadana: HONORIA PINO DE PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.029.630, asistida por el abogado en ejercicio, ARNALDO ENRIQUE MIERES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 194.713. Cumplidas como se encuentran las formalidades legales exigidas, así como los trámites y sustanciación ordenados en el auto de admisión, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: Titulo Supletorio Suficiente y Bastante a favor de la ciudadana: HONORIA PINO DE PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.029.630, sobre unas bienhechurías que consisten en: Una casa de habitación familiar construida con paredes de bloque totalmente frisada y pintada, piso de cemento y porcelana, techo de platabanda, acerolit y zinc, con ocho ventanas y siete puertas, algunas con sus respectivos protectores, un portón de hierro, distribuida en: cuatro habitaciones, un baño, una sala, un comedor, una cocina empotrada, un porche enrejado, un garaje, cercada perimetralmente parte en pared de bloque y alfajor. Dichas bienhechurías se encuentran ubicadas en la calle Valencia, entre calle Porvenir y calle Montes de Oca, N° 11, Sector 5 de julio, Parroquia Guigue, Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo; estas bienhechurías se encuentran
edificadas en un Lote de Terreno Perteneciente al Ejido Municipal, que tiene un área total de: TRESCIENTOS SESENTA Y UN CON CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (361,58 Mts2) y un área de construcción de CIENTO CUATRO CON SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (104,76 Mts2) cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de la familia Gómez en once con cuarenta y seis metros cuadrados 11,46 mts2; SUR: Calle Valencia (que es su frente) en once con veinticinco metros cuadrados 11,25 mts2 ESTE: Casa que es o fue de la familia Chávez en treinta y dos metros cuadrados 32,00 mts2 y OESTE: Casa que es o fue de la familia Pandares en treinta y uno con setenta y metros cuadrados 31,70 mts2. Según se desprende en Certificado de Empadronamiento Exp.N° 2023-597 expedido por la dirección de Catastro Municipal de Carlos Arvelo en fecha 13 de Junio de 2023, que riela al folio 3; así como demás recaudos que rielan al folio 2,al 6 y 8,9 de la presente solicitud. Este Tribunal en uso de las atribuciones conferidas Decreta TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías que se determinan en el escrito de solicitud y que aquí se reproducen, con todos los derechos y atributos que la Ley Acuerda, DEJÁNDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS; atributos y derechos todos éstos declarados conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, tal como se pidió. Déjese copia certificada en los Archivos correspondientes de este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. CÚMPLASE.
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. ERLYVANIS K. CISNERO ROMERO
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA
SE DEVUELVE EN ORIGINAL ESTAS ACTUACIONES, A LA PARTE INTERESADA CONSTANTE DE _________FOLIOS ÚTILES. -
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. CAROL MILDRED FERRER GUEVARA
Expediente N° S-667-24.-
EC/KGPC. -
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